Ligas y Asociaciones Deportivas

¡Crea tu Liga o Asociación deportiva bajo la Ley del Deporte!

Las Asociaciones Deportivas pueden ser Locales o Regionales. Las Locales se conforman como mínimo por tres Clubes de la misma comuna, y las Regionales ya sea por tres Clubes o tres Asociaciones Deportivas Locales de la misma región.

En ambos casos, debe mantenerse en el tiempo el número mínimo de Entidades Deportivas, de lo contrario puede incurrirse en una causal de disolución de la Asociación Deportiva.

Es importante tener en cuenta que:

  • Puede haber más de una Asociación por comuna y por modalidad deportiva.
  • Puede haber más de una Asociación por región y por modalidad deportiva.
  • La diferencia entre Asociaciones y Ligas radica en su alcance territorial, pues las primeras tendrán presencia comunal o regional, según corresponda, mientras que las segundas serán de alcance nacional. Pero además, las Ligas sólo pueden estar conformadas por clubes, mientras que las Asociaciones Regionales pueden estarlo por clubes y por asociaciones locales.
  1. El primer paso para la constitución de tu Asociación Deportiva es conformar un grupo de, al menos, tres Clubes Deportivos con domicilio en la misma comuna para el caso de una Asociación Deportiva Local, y de tres Clubes Deportivos o tres Asociaciones Deportivas Locales con domicilio en la misma región para una Asociación Deportiva Regional. Este número mínimo de Entidades Deportivas debe mantenerse a lo largo de la vida de la Asociación, de lo contrario puede significar una causal de disolución de la Organización Deportiva.
  2. Revisa los documentos: ESTATUTO TIPO - ASOCIACIÓN DEPORTIVA LOCAL y/o ESTATUTO TIPO - ASOCIACIÓN DEPORTIVA REGIONAL, para comprender el proceso de formación y los requisitos que debes cumplir para crear tu Asociación.
  3. Acércate a la Dirección Regional del IND correspondiente a la región donde tendrá domicilio tu Asociación, a fin de pedir hora para la asistencia de un Ministro de Fe a tu asamblea constitutiva. También puedes solicitarlo a través de la sección de atención ciudadana de esta web pinchando aquí.
  4. A la asamblea de constitución de tu Asociación deben asistir todas las organizaciones deportivas fundadoras con sus Certificados de Vigencia del Directorio al día, y copia del Acta de la Asamblea General Extraordinaria donde los socios aprobaron unirse a la Asociación en creación.
  5. En esa instancia deberán aprobar sus estatutos; acordar la adopción del Protocolo General contra el acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato en la actividad deportiva nacional, elegir entre los socios a los Responsables Institucionales del Protocolo y; por supuesto, designar a quienes formarán parte del Directorio Provisorio de la Organización.
    De esta asamblea se deberá levantar un acta, la que incluirá la nómina, individualización y firma de los asistentes.
  6. Luego de esta asamblea debes dirigirte con los documentos que detallamos a continuación a la Dirección Regional de IND en donde se ha fijado el domicilio de la Organización, en un plazo no superior a 30 días hábiles desde la fecha de constitución. El plazo precitado es de caducidad, por lo que si se presenta fuera de él queda sin efecto el acto constitutivo.
    • Fotocopia del Acta de Constitución y Estatutos de la Organización, validados por el Ministro de Fe.
    • Copia de Cédulas de Identidad y Certificado de Antecedentes de los integrantes del Directorio Provisorio. La antigüedad de este certificado no debe ser mayor a 60 días, contados hacia atrás desde la fecha de presentación del mismo.
    • Registro de Asistencia tanto de las organizaciones deportivas como de sus representantes a la Asamblea Constitutiva.
    • Copias de los certificados de vigencia del Directorio de cada Organización Deportiva, y copias de las actas de la asamblea general extraordinaria donde los socios de cada Organización Deportiva aprobaron unirse a la Asociación en creación.
    • FORMULARIO DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN REGISTRO ORGANIZACIONES DEPORTIVAS.
  7. Una vez que el IND recibe y revisa toda esta documentación, se procederá a inscribir a la Organización en el Registro Nacional de Organizaciones Deportivas y se le otorgará personalidad jurídica.
  8. Sin perjuicio de lo anterior, dentro de un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de la recepción de los documentos, el IND podrá objetar la constitución de la Asociación si no se hubiere dado cumplimiento a los requisitos que la Ley y el Reglamento de Organizaciones Deportivas establecen para su formación y para la aprobación de sus estatutos, todo lo cual será notificado al presidente del Directorio Provisorio.
  9. En este caso, la organización deportiva deberá subsanar las observaciones efectuadas dentro del plazo de 30 días contados desde su notificación. Si así no lo hiciere, la personalidad jurídica caducará por el solo ministerio de la Ley.
  10. Finalmente, dentro de los 60 a 90 días siguientes desde la obtención de la personalidad jurídica, la Organización deberá celebrar una Asamblea Extraordinaria de socios, con el fin de elegir su Directorio Definitivo y las comisiones Revisora de Cuentas y Tribunal de Honor.
  11. Para formalizar el Directorio Definitivo deben presentar ante la Dirección Regional: una copia de dicha Acta y del Libro de Registro de Socios; más los Certificados de Antecedentes de los miembros del Directorio definitivo; copias de sus Cédulas de Identidad; copias de los Certificados de Vigencia del Directorio al día de cada Organización Deportiva que participó en la asamblea y el FORMULARIO N°2 - ACTUALIZACIÓN DE DIRECTORIO.
  1. El primer paso para la constitución de tu Liga Deportiva es conformar un grupo de, al menos, tres Clubes Deportivos, los cuales no es necesario que tengan domicilio en la misma comuna o región. Este número mínimo de Clubes debe mantenerse a lo largo de la vida de la Liga Deportiva, de lo contrario puede significar una causal de disolución de la Organización Deportiva.
  2. Revisa el documento: ESTATUTO TIPO - LIGAS DEPORTIVAS, para comprender el proceso de formación y los requisitos que debes cumplir para crear tu Liga Deportiva.
  3. Acércate a la Dirección Regional del IND correspondiente a la región donde tendrá domicilio tu Liga, a fin de pedir hora para la asistencia de un Ministro de Fe a tu asamblea constitutiva. También puedes solicitarlo a través de la sección de atención ciudadana de esta web pinchando aquí.
  4. A la asamblea de constitución de tu Liga deben asistir todos los Clubes fundadores con sus Certificados de Vigencia del Directorio al día, y copia del Acta de la Asamblea General Extraordinaria donde los socios aprobaron unirse a la Liga Deportiva en creación.
  5. En esa instancia deberán aprobar sus estatutos; acordar la adopción del Protocolo General contra el acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato en la actividad deportiva nacional, elegir entre los socios a los Responsables Institucionales del Protocolo y; por supuesto, designar a quienes formarán parte del Directorio Provisorio de la Organización.
    De esta asamblea se deberá levantar un acta, la que incluirá la nómina, individualización y firma de los asistentes.
  6. Luego de esta asamblea debes dirigirte con los documentos que detallamos a continuación a la Dirección Regional de IND en donde se ha fijado el domicilio de la Organización, en un plazo no superior a 30 días hábiles desde la fecha de constitución. El plazo precitado es de caducidad, por lo que si se presenta fuera de él queda sin efecto el acto constitutivo.
    • Fotocopia del Acta de Constitución y estatutos de la organización, validados por el Ministro de Fe.
    • Certificado de Antecedentes de los integrantes del Directorio Provisorio. La antigüedad de este certificado no debe ser mayor a 60 días, contados hacia atrás desde la fecha de presentación del mismo.
    • Registro de Asistencia tanto de los Clubes Deportivos como de sus representantes a la Asamblea Constitutiva.
    • Copias de los certificados de vigencia del Directorio de cada Organización Deportiva, y copias de las actas de la asamblea general extraordinaria donde los socios de cada Organización Deportiva aprobaron unirse a la Liga Deportiva en creación.
    • FORMULARIO DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN REGISTRO ORGANIZACIONES DEPORTIVAS.
  7. Una vez que el IND recibe y revisa toda esta documentación, se procederá a inscribir a la Liga Deportiva en el Registro Nacional de Organizaciones Deportivas y se le otorgará personalidad jurídica.
  8. Sin perjuicio de lo anterior, dentro de un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de la recepción de los documentos, el IND podrá objetar la constitución de la Liga Deportiva si no se hubiere dado cumplimiento a los requisitos que la Ley y el Reglamento de Organizaciones Deportivas establecen para su formación y para la aprobación de sus estatutos, todo lo cual será notificado al presidente del Directorio Provisorio.
  9. En este caso, la Organización Deportiva deberá subsanar las observaciones efectuadas dentro del plazo de 30 días contados desde su notificación. Si así no lo hiciere, la personalidad jurídica caducará por el solo ministerio de la Ley.
  10. Finalmente, dentro de los 60 a 90 días siguientes desde la obtención de la personalidad jurídica, la Liga Deportiva deberá celebrar una Asamblea Extraordinaria de socios, con el fin de elegir su Directorio Definitivo y las comisiones Revisora de Cuentas y de Disciplina o Tribunal de Honor.
  11. Para formalizar el Directorio Definitivo deben presentar ante la Dirección Regional: una copia de dicha Acta y del Libro de Registro de Socios; más los certificados de antecedentes de los miembros del Directorio definitivo; copias de sus Cédulas de Identidad; copias de los Certificados de Directorio al día de cada Organización Deportiva que participó en la asamblea y el FORMULARIO N°2 - ACTUALIZACIÓN DE DIRECTORIO.

Respecto a la adopción del Protocolo General para la Prevención y Sanción de las Conducta de Acoso Sexual, Abuso Sexual, Discriminación y Maltrato en la Actividad Deportiva Nacional, promulgado mediante Decreto Supremo N° 22 de 2020, del Ministerio del Deporte, se debe tener presente lo siguiente:

  • Se puede incorporar a los estatutos de la organización al momento de su constitución legal
  • Si la organización ya se encuentra constituida, la adopción del protocolo deberá acordarse en una asamblea general ordinaria o extraordinaria, conforme a las disposiciones de la Ley del deporte, su reglamento y de los estatutos de cada organización (para esto no se requiere la presencia de un ministro de fe). Se entenderá que dicho protocolo se incorpora en los estatutos de la organización, de pleno derecho, una vez cumplidas todas las formalidades requeridas, cualquiera sea el tipo de asamblea general en la cual se haya adoptado.
  • También, se podrá adoptar el Protocolo mediante una reforma de estatutos (cumpliendo todos los requisitos y formalidades asociadas a ésta)

Por lo tanto, antes de realizar este trámite te recomendamos revisar los estatutos de tu organización deportiva y revisar en el siguiente link el paso a paso para adoptar el protocolo: https://ind.cl/protocolo-contra-el-abuso-sexual-acoso-sexual-maltrato-y-discriminacion-en-la-actividad-deportiva-nacional/

Las funcionarias y los funcionarios del IND están capacitados para actuar como ministros de fe para las siguientes eventualidades:

  • Creación de una organización deportiva bajo la Ley del Deporte.
  • Reforma de estatutos de una organización deportiva creada o adecuada a la Ley del Deporte.
  • Disolución de una organización deportiva creada o adecuada a la Ley del Deporte.

Solicita la asistencia de un Ministro de Fe del IND directamente en tu Dirección Regional o a través de nuestra Plataforma de Atención Ciudadana,  pinchando aquí.

Renueva periódicamente a los miembros del Directorio y de los demás órganos que componen la Liga y/o la Asociación, como son las comisiones de Disciplina y Revisora de Cuentas, y a los Representantes Institucionales del Protocolo contra el abuso, acoso, maltrato y discriminación en el deporte.

Recuerda que la instancia en la cual deben elegir a sus integrantes debe estar convocada mediante el procedimiento que informa y autoriza el estatuto de la organización y no requiere de la presencia de un ministro de Fe.

Los documentos que deben presentar ante la Dirección Regional para acreditar la actualización de su directorio son los siguientes:

  1.  2° Hoja del Formulario RNOD.
  2. Copia de las citaciones a la Asamblea General Extraordinaria en que se constituyó la Comisión Electoral, de corresponder, enviadas de conformidad a sus Estatutos (solo en el caso de que los estatutos de la organización establezcan la designación de esta comisión).
  3.   Acta de la Asamblea General Extraordinaria en donde se constituyó la Comisión Electoral, de corresponder. En ésta se deben individualizar a todas las organizaciones asistentes y sus representantes, y debe estar suscrita en la forma prescrita en los estatutos y el Reglamento de Organizaciones Deportivas (solo en el caso de que los estatutos de la organización establezcan la designación de esta comisión).
  4.  Copia de las citaciones a la Asamblea General Ordinaria en que se celebraron las elecciones de los órganos internos que correspondan, enviadas de conformidad a los Estatutos de la organización y a la normativa del deporte.
  5.  Copia del acta de la Asamblea General Ordinaria en que se da cuenta de las elecciones de los órganos internos que correspondan. En ésta se deben individualizar a todas las organizaciones asistentes y sus representantes, y debe estar suscrita en la forma prescrita en los estatutos y el Reglamento de Organizaciones Deportivas.
  6.  Copia de los certificados de vigencia, con indicación del Directorio, de las Organizaciones afiliadas presentes.
  7.   Si hubo alguna Organización afiliada que participó representada por persona distinta de su Presidenta/e, se deberá acompañar el poder debidamente otorgado para dicho efecto.
  8.   Copias de las cédulas de identidad vigente del Directorio electo.
  9.   Certificados de antecedentes de los miembros del Directorio, estos no pueden tener una fecha mayor a 60 días corridos desde la correspondiente actualización, por lo que te sugiero pedir una versión lo más actualizada posible. 
  10.   En el caso de que la Organización esté adecuada a la Ley del Deporte, se debe acompañar su certificado de vigencia, con indicación del Directorio actualizado, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 
  11. Copia del Libro de Registro de Socios vigente al momento de las elecciones.